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Visas de Inmigrantes
Solicitud de Residente
Millones de personas quieren venir a vivir a los
Estados Unidos (EE.UU.). Para facilitar este
proceso, la ley establece criterios de
elegibilidad y además limita la cantidad de
personas que pueden inmigrar cada año. Una de
las formas más comunes que usan las personas
para inmigrar es a través de su relación con un
residente permanente. Si usted es residente
permanente y quiere ayudar a un familiar a
inmigrar, debe empezar por llenar el
Formulario I-130,
Petición por un familiar extranjero.
¿Por cuáles familiares puedo hacer una petición?
Cualquier residente permanente puede solicitar
por los siguientes familiares:
* Esposo o esposa, e
* hijos solteros, no importa la edad.
En la petición, deberá probar su relación con la
persona por la que
está solicitando.
¿Qué hace la solicitud por mi familiar?
Presentar el
Formulario I-130,
pidiendo por un familiar y proveer prueba de su
parentesco, pone a su familiar en la lista de
espera para recibir un número de visa, entre las
otras personas que esperan para inmigrar con el
mismo tipo de parentesco. Cuando le llegue su
turno, el familiar puede ser elegible para
solicitar la residencia permanente, o si está en
el exterior, la visa de inmigrante.
Por ejemplo: Usted somete la petición I-30 por
su cónyuge. Si la aprobamos, su petición le da a
su cónyuge un turno entre las otras personas del
mismo país que también son cónyuges de
residentes permanentes.
¿Qué ocurre con otros familiares?
La ley limita la elegibilidad de los familiares
a los mencionados arriba.
¿Qué ocurre con la familia de mis familiares?
En la mayoría de los casos, cuando le llega el
turno a su cónyuge y él o ella solicita la
inmigración, los hijos solteros del cónyuge,
menores de 21 años, pueden solicitar como
dependientes. Eso quiere decir que usted no
tiene que someter una petición por separado para
cada hijo. Sin embargo, si el hijo se casa o
cumple los 21 años de edad antes de inmigrar, ya
no seguirá siendo elegible como dependiente. Por
lo tanto, recomendamos que presente peticiones
por separado para cada hijo. Una petición por
separado mantiene el turno de su hijo entre los
hijos de residentes permanentes en espera de
inmigrar. Si piensa que un hijo podría casarse
antes de que pueda inmigrar, tal vez deba
considerar no sólo someter una petición por
separado para ellos sino someter la solicitud de
ciudadanía estadounidense para usted, si llena
los requisitos.
Aun cuando no hay una categoría de visa para los
hijos casados de residentes permanentes, hay una
para los hijos casados de ciudadanos
estadounidenses. Al someter una petición por
separado ahora, conserva esa opción si se
convierte en ciudadano estadounidense antes de
que el hijo se case y luego la petición por
separado puede procesarse en la categoría de
visa para hijos casados de ciudadanos
estadounidenses.
¿Qué ocurre si mi hijo soltero se casa?
No hay una categoría de visa para los hijos
casados de residentes permanentes. Por lo
general, la petición por un hijo soltero quedará
automáticamente anulada si se casa. Sin embargo,
como se comentó anteriormente, una petición
individual puede continuar tramitándose si usted
se convierte en ciudadano estadounidense antes
de que el hijo se case.
Después de solicitar, ¿cuánto tiempo pasará
antes de que mi familiar pueda inmigrar?
El tiempo de espera y por ende, la espera antes
de que su familiar pueda en realidad solicitar
la inmigración, varía dependiendo de la relación
y del país. Para la mayoría de los familiares,
la combinación de la gran demanda y los límites
que impone la ley sobre cuántas personas pueden
inmigrar cada año, significa que tal vez tengan
que esperar su turno por varios años, mientras
se tramitan las solicitudes que entraron antes
que las de ellos. Cuando le llega el turno a su
familiar, el Departamento de Estado de los
Estados Unidos lo contactará y le dará
instrucciones para solicitar la visa de
inmigrante. Si le interesa saber cuál es la
demora actual, vea "Boletines de Visa" en el
sitio web del Departamento de Estado:
www.travel.state.gov/visa.
¿Puede mi familiar esperar en los Estados Unidos
mientras se convierte en residente permanente?
La petición aprobada para su familiar lo pone en
la lista de espera para inmigrar. No le permite
venir a los EE.UU. o permanecer aquí hasta que
pueda solicitar la residencia permanente. Si
viene o se queda sin estatus legal, afectará su
elegibilidad para hacerse residente permanente
cuando le llegue el turno para la visa.
¿Me compromete en algo someter una petición por
un familiar?
Por ley, toda persona que inmigre basándose en
la petición por un familiar debe tener un
patrocinador económico. Si decide patrocinar la
inmigración de un familiar a través del
I-30,
cuando llegue el momento, debe comprometerse a
ser el patrocinador económico y someter el
Formulario I-864, declaración jurada de
patrocinio económico.
Si no cumple con los requisitos financieros,
entonces alguien más debe comprometerse.
¿Cómo hago la solicitud?
Siga las instrucciones del
I-130
para la petición por un familiar y vea en
nuestro sitio web las instrucciones actuales.
Asegúrese de que su petición esté completa.
Deberá someter evidencia de su residencia
permanente y evidencia de la relación con cada
persona por la que está solicitando.
¿Qué sucede después de que solicito?
Si solicita la petición por un familiar, se le
enviará por correo un recibo para confirmarle
que se recibió su petición. Si su petición está
incompleta, tal vez sea rechazada o tal vez se
le pida más evidencia o información, lo cual
atrasará el proceso. Por favor, envíe desde
el principio todos los documentos que se
requieren para evitar retrasos.
Se le notificará cuando se tome una decisión.
Normalmente, cuando se aprueba una petición, se
envía al Centro Nacional de Visas (NVC, por
su sigla en inglés) del Departamento de
Estado de los EE.UU. Una vez le llegue el turno
a su familiar para un número de visa, el NVC les
notificará a usted y a su familiar, invitándolo
a él y a los dependientes que califiquen a que
soliciten la visa de inmigrante.
¿Qué pasa si mientras un familiar está esperando
la visa, yo me convierto en ciudadano
estadounidense?
Si se convierte en ciudadano estadounidense
mientras su familiar está esperando la visa,
usted puede elevar la clasificación de la visa
de su familiar si eleva la clasificación de su
petición. Las visas para los cónyuges e hijos
solteros menores de 21 años de los ciudadanos
estadounidenses estarán disponibles de
inmediato.
-
Si se hace ciudadano estadounidense después
de que su petición fue aprobada y enviada al
Departamento de Estado, debe notificar al
NVC su ciudadanía estadounidense mandándoles
una copia de su certificado de
naturalización. Incluya una carta con la
información sobre su familiar y una copia de
la aprobación de la petición.
-
Si se hace ciudadano estadounidense y la
petición por un familiar no ha sido aprobada
por USCIS, llame al servicio al cliente.
¿Cuánto tardará USCIS en tramitar mi petición?
El tiempo del trámite depende de una serie de
factores. Una vez que someta la petición, podrá
consultar sobre un estimado del tiempo que
tardará el proceso.
Información de Contacto
(todos los números de teléfono son de EE.UU.)
Servicio al Cliente de USCIS: 1-800-375-5283
Personas con incapacidad auditiva TDD Servicio
al cliente: 1-800-767-1833
Otros servicios del gobierno de los EE.UU.:
En general 1-800-688-9889
Departamento de Estado de los EE.UU.
1-202-647-6575
Última modificación: Noviembre de 2005
Importante: La información en esta página fue
provista por el Departamento de Estado, por el
Servicio de Inmigración y Naturalización (INS),
por el Servicio Estadounidense de Ciudadanía e
Inmigración (USCIS) y/o por el Departamento de
Homeland Security de los Estados Unidos. Ninguna
información provista en esta página debe ser
considerada como asesoramiento legal. Por esta
razón se le aconseja al lector que consulte con
un abogado antesde hacer cualquier diligencia
para visitar o migrar a los
Estados Unidos de América.
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